DELITOS INFORMATICOS

 

Delitos informáticos



¿Qué es un delito informático?

Es una acción ilegal la cual se realiza mediante los diferentes medios de tecnología. Conocidos también con el nombre de delitos cibernéticos o electrónicos, abarcan un amplio espectro de acciones ilegales de diferente naturaleza. Todos tienen en común las tecnologías de la información, sea estas el medio o el objetivo en sí mismo.

 

 

 

 

Tipos de delitos informáticos

  • Acceso abusivo a un sistema informático.
  • Obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación.
  • Interceptación de datos informáticos.
  • Daño Informático.
  • Uso de software de manera inadecuada.
  • Violación o hurto de datos personales.
  • Suplantación de identidad en sitios web para capturar datos personales.
  • Hurto por medios informáticos y semejantes.
  • Venta de activos por medios informáticos

 

Grooming. ¿Cómo evitar el Grooming? ¿Qué hacer ante un caso de Grooming? 

 

el online Grooming (acoso y abuso sexual online) son formas delictivas de acoso que implican a un adulto que se pone en contacto con un niño, niña o adolescente con el fin de ganarse poco a poco su confianza para luego involucrarle en una actividad sexual.

Esta práctica tiene diferentes niveles de interacción y peligro: desde hablar de sexo y conseguir material íntimo, hasta llegar a mantener un encuentro sexual.

Se trata de un proceso en el que se produce un vínculo de confianza entre la víctima y el acosador. Este intenta aislar poco a poco al menor, y lo consigue desprendiéndolo de su red de apoyo (familiares, profesores, amigos, etc.) y generando un ambiente de secretismo e intimidad.

·      ¿COMO PREVENIRLO?: Lo más indicado es intervenir en la educación en positivo a niños, niñas y adolescentes.

En primer lugar, es necesaria una educación afectivo-sexual, que forme a los más jóvenes en materia de sexualidad, y al mismo tiempo es importante la formación en un uso seguro y responsable de las herramientas digitales.

Es esencial tener en cuenta que especialmente en el online Grooming el engaño es lento y no hay consentimiento del niño o niña, no son conscientes de lo que les ocurre, y no tienen las herramientas adecuadas para defenderse.

 ·      ¿QUE HACER ANTE UN CASO DE GROOMING?:Ante estos casos lo mejor es mejorar el acompañamiento con el niño, niña o adolescente y buscar ayuda por medio legal para así ayudar que este delito no se vuelva algo grave o que pueda afectar al menor.

 

 

Phishing. ¿Cómo evitar el PHISHING?

El Phishing es un ataque que intenta robar su dinero o su identidad, haciendo que divulgue información personal (como números de tarjeta de crédito, información bancaria o contraseñas) en sitios web que fingen ser sitios legítimos o legales.

 

¿Cómo prevenirlo?

1. aprende a identificar claramente los correos electrónicos sospechosos de ser ‘Phishing’

2. nunca entres en la web de tu banco pulsando en links incluidos en correos electrónicos

3. refuerza la seguridad de tu ordenador

4. introduce tus datos confidenciales únicamente en webs seguras

5. revisa periódicamente tus cuentas

 

Suplantación de Identidad. ¿Qué es?, características? Causas y consecuencias.

 

¿Qué es?

 

 Es una actividad malintencionada que consiste en hacerse pasar por otra persona por diversos motivos: cometer algún tipo de fraude, obtener datos de manera ilegal, cometer ciberbullyng o Grooming (conseguir la confianza de un menor para poder abusar sexualmente de él).  El ejemplo más típico de suplantación es crear un perfil falso en las redes sociales para poder comunicarse con otras personas haciéndose pasar por ella.


características


 Si la suplantación solo consiste en la creación de un perfil falso en el que no se añade ningún tipo de información personal de la víctima, la única acción legal que se puede llevar a cabo es notificar el caso a la red social que esté implicada para que proceda a la eliminación de ese perfil. No está considerado delito suplantar únicamente el nombre de una persona si no incluye además alguna imagen.

Si se crea un perfil falso y además se utilizan datos de la víctima, como una fotografía, se está vulnerando el derecho a la propia imagen de la persona, que se encuentra en el artículo 18 de la Constitución Española.

Si alguien accede al servicio de un usuario haciéndose pasar por él, estará infringiendo la ley al traspasar la barrera de la privacidad de la persona. Además, el atacante estará cometiendo un delito de descubrimiento y revelación de secretos, al haber utilizado alguna técnica no legal para acceder al servicio de ese usuario, como el robo de contraseña o entrar en sistemas informáticos.

 

 

 

 

causas

 

·         Creación de cuentas en redes sociales con en nombre de otra persona.

·         Publicación de los datos personales de un tercero.

·         Injurias o acciones vejatorias usando la identidad de otra persona.

·         Fraudes en los procesos de compras online.

·         Acceso a otras cuentas sin permiso.

 

Consecuencias

·         Falsificación de documentos.

·         Robo de datos.

·         Vejaciones o humillaciones en redes sociales.

·         Daños en l a reputación.

·         Daños psicológicos.

·         Compras online con nuestro dinero.

·         Clonación de Tarjetas de Crédito.

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